Época: Décima Época
Registro: 2009459
Instancia: Primera Sala
Tipo
de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Publicación: viernes 26 de junio de 2015 09:20 h
Materia(s): (Penal)
Tesis: 1a. CCXVI/2015 (10a.)
DUDA
RAZONABLE. CONSECUENCIA DE SU ACTUALIZACIÓN CUANDO LA DEFENSA NO ALEGA
UNA HIPÓTESIS
DE INOCENCIA.
En el marco de un proceso penal, esta Primera Sala
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que del análisis del material
probatorio puede surgir una duda razonable en relación con la
existencia del delito y/o la responsabilidad del acusado. No obstante, también
puede actualizarse una duda razonable en los casos en los que la defensa del
acusado no propone propiamente una hipótesis de inocencia, sino una versión de
los hechos que sólo es incompatible con algunos aspectos del relato de la
acusación, por ejemplo, cuando la hipótesis de la defensa asume
alguna de las siguientes posturas: (i) están acreditados los hechos que
actualizan el tipo básico pero no los de un delito complementado; (ii) están
acreditados los hechos del tipo simple pero no los que actualizan una
calificativa o modificativa; (iii) están acreditados los hechos que demuestran
que el delito fue tentado y no consumado; o (iv) está acreditado que los hechos
se cometieron culposamente y no dolosamente. En este tipo de situaciones, la
confirmación de la hipótesis de la defensa sólo hace surgir una duda razonable
sobre un aspecto de la hipótesis de la acusación, de tal manera que esa duda no
debe traer como consecuencia la absolución, sino tener por acreditada la
hipótesis de la acusación en el grado propuesto por la defensa.
PRIMERA
SALA
Amparo directo en revisión 3457/2013. 26 de
noviembre de 2014. Mayoría de cuatro votos de los Ministros Arturo Zaldívar
Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Olga Sánchez Cordero de García Villegas
y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Disidente: Jorge Mario Pardo Rebolledo.
Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretario: Arturo Bárcena Zubieta.
Esta tesis se publicó el viernes 26 de junio de 2015
a las 09:20 horas en el Semanario Judicial de la Federación.